
Preguntas frecuentes
Jubilación
Es la pensión a la que puedes acceder -si lo deseas- cuando tu cuenta no está completa para salir a cotizar, ya sea porque existen aportes en cobranza o porque el Bono de Reconocimiento está en proceso en la ONP.
Puedes elegir que tu pensión se pague en 12 o 14 mensualidades al año; si eliges 14 mensualidades recibirás doble pago en los meses de Julio y Diciembre y el monto de la pensión será menor que si eliges 12 porque el pago anual es el mismo.
Es el saldo del que puedes disponer si al calcular tu pensión bajo la modalidad de retiro programado ésta es igual o mayor al valor más alto entre el 70 % del promedio tus remuneraciones de los últimos 10 años y la pensión mínima vigente del SPP. Para solicitarlo requieres haber aportado un mínimo de 72 meses dentro de los 120 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Si al momento de presentar la solicitud de pensión, no se cuenta con la documentación necesaria para acreditar a sus potenciales beneficiarios, se puede solicitar la pensión preliminar flexible, la cual es temporal y será financiada del saldo de su fondo, siempre y cuando, por causas ajenas a su voluntad, no cuente con la documentación que permita acreditar a sus beneficiarios.
Los jubilados del SPP aportan a ESSALUD el 4% del monto de sus pensiones, esto les da derecho a la cobertura de salud.
Luego de tu jubilación ya no tienes la obligación de realizar aportes a la AFP. Si tu empleador te descuenta y paga estos aportes, puedes solicitar la devolución.
Puedes descargar el formulario de devolución de aportes Aquí.
Puedes presentar el certificado de de trabajo o cualquier otro documento del empleador en el que se señale el término de la relación laboral.
Adicionalmente deberás presentar el documento de la SUNAT que sustente que percibiste ingresos de cuarta categoría por un valor menor o igual a siete (07) UIT durante los últimos 12 meses .
Las actividades consideradas como de alto riesgo para los efectos de Jubilación anticipada están especificadas en la norma que regula este régimen
Si, el importe de tu pensión será menor en función a los años que la adelantes.
Los afiliados que se jubilen por el régimen de Jubilación Anticipada 19990 en el SPP recibirán una pensión no menor a la que hubiesen recibido si permanecían en el SNP
Si no cumples con el requisito de tener los 20 años de aportes entre ambos sistemas para acceder a la Jubilación por Pensión Mínima no podrás jubilarte pero puedes continuar aportando para completarlos.
Invalidez
Es la pensión a la que accedes cuando tu cuenta no está completa para salir a cotizar, ya sea porque existen aportes en cobranza o porque el Bono de Reconocimiento está en proceso en la ONP. En los casos con cobertura de seguro equivale al 80% de la pensión que te hubiera correspondido como pensión definitiva; en los casos sin cobertura de seguro tú decides si deseas recibirla y se calcula con los fondos disponibles.
Puedes elegir que tu pensión se pague en 12 o 14 mensualidades al año; si eliges 14 mensualidades recibirás doble pago en los meses de Julio y Diciembre y el monto de la pensión será menor que si eliges 12 porque el pago anual es el mismo.
Es el saldo del que puede disponer un afiliado cuando la pensión estimada bajo la modalidad de renta vitalicia familiar al inicio del trámite de invalidez definitiva es igual o mayor al 70 % del promedio de las remuneraciones percibida en los últimos 48 meses anteriores a la fecha de ocurrencia de la invalidez.
Es el Comité Médico de las AFP, está conformado por 6 profesionales médicos a quienes les corresponde la calificación en primera instancia de la invalidez de los afiliados y de sus beneficiarios cuando corresponda, así como determinar los casos excluidos y las preexistencias. Sus decisiones son apelables ante el COMEC.
Es el Comité Médico de la SBS que resuelve en última instancia la calificación de invalidez del afiliado y sus beneficiarios cuando hay apelación del afiliado, la AFP o las Empresas de Seguros.
Si al momento de presentar la solicitud de pensión, no se cuenta con la documentación necesaria para acreditar a sus potenciales beneficiarios, se puede solicitar la pensión preliminar flexible, la cual es temporal y será financiada del saldo de su fondo, siempre y cuando, por causas ajenas a su voluntad, no cuente con la documentación que permita acreditar a sus beneficiarios.
Sobrevivencia
Es la pensión a la que accedes cuando tu cuenta no está completa para salir a cotizar, ya sea porque existen aportes en cobranza o porque el Bono de Reconocimiento está en proceso en la ONP. En los casos con cobertura de seguro equivale al 80% de la pensión que te hubiera correspondido como pensión definitiva; en los casos sin cobertura de seguro tú decides si deseas recibirla y se calcula con los fondos disponibles.
Puedes elegir que tu pensión se pague en 12 o 14 mensualidades al año; si eliges 14 mensualidades recibirás doble pago en los meses de Julio y Diciembre y el monto de la pensión será menor que si eliges 12 porque el pago anual es el mismo.
Si existen excepciones a la cobertura de sobrevivencia y son:
- Siniestros producidos por la participación activa en guerra civil o internacional, actos terroristas, desordenes público.
- Los siniestros producidos por fusión o fisión nuclear, o contaminación radiactiva.
- Invalidez o muerte cubiertos por disposiciones legales vigentes del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SSS – Ley N° 26790).
- Invalidez o muerte causada por alcoholismo o drogadicción del afiliado conforme a los criterios de diagnóstico médico comúnmente aceptados.
- Siniestros que se originen por suicidio del afiliado ocurridos dentro del primer año de su incorporación al SPP. No es considerado suicidio la muerte provocada en estado de inconsciencia o enfermedad mental.
- Siniestros producidos por enfermedad que resulten calificados como preexistencias en el SPP.
No, la prima del seguro por invalidez y sobrevivencia es un aporte obligatorio Sobrevivencia/beneficiarios
Si tienes cobertura de seguro pero la causa del fallecimiento corresponde a una causal de exclusión, las pensiones de sobrevivencia se calcularán y pagarán con el saldo que hay en tu cuenta.
Para los casos en que el fondo sea menor al “Monto Mínimo de Saldo para cotización” (equivalente hoy a S/ 5,810.00), el titular de la pensión puede optar por solicitar la pensión técnica calculada con el saldo de su cuenta hasta que se agote el fondo o pedir la devolución del mismo.
El reembolso por gastos de sepelio se pagará hasta cubrir el tope determinado para ello.
Si, el reembolso por los gastos de sepelio es un derecho en el SPP, siempre que haya cobertura de seguro o saldo en el fondo para cubrirlo.
Los aportes voluntarios sin fin previsional constituyen herencia al fallecimiento del afiliado.
Si al momento de presentar la solicitud de pensión, no se cuenta con la documentación necesaria para acreditar a los potenciales beneficiarios, se puede solicitar la pensión preliminar flexible, la cual es temporal y será financiada del saldo del fondo del afiliado, siempre y cuando, por causas ajenas a su voluntad, no cuente con la documentación que permita acreditar a los beneficiarios.
Modalidades de pensión
Es un producto complementario que se toma junto a las Rentas Vitalicias; si decides contratarlo con la empresa de Seguros, ésta garantiza el pago de un monto de pensión por un periodo determinado de tiempo aunque el afiliado fallezca en dicho periodo. El objetivo de este producto es brindar protección adicional a tus beneficiarios.
Son mecanismos de actualización de tu pensión, en el caso de soles indexados la pensión se actualiza en función al Índice de Precios al Consumidor, para los soles ajustados y dólares ajustados se utiliza una tasa fija predeterminada.
El repacto es un trámite que pueden realizar los afiliados pensionistas que se encuentran en la etapa de Renta Temporal con la finalidad de reducir los años originalmente pactados para ésta y así adelantar la Renta Vitalicia. También es aplicable cuando el saldo de la cuenta se extinguió antes de culminar el periodo de la renta temporal.
Si al finalizar la Renta Temporal quedara saldo en tu cuenta, se hará el pago de tu última mensualidad por el total del saldo y se procederá a cerrar tu cuenta.