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Pensión por fallecimiento

¿Qué es la Pensión por fallecimiento?

Si estas afiliado a Prima AFP y falleces, tus beneficiarios tienen derecho a solicitar una pensión por fallecimiento:

  • Las pensiones de los beneficiarios se calculan en función a tu remuneración promedio* de acuerdo a unos porcentajes predeterminados.
  • Si cuentas con la cobertura de seguro, una vez definidos tus beneficiarios el Departamento de Invalidez y Sobrevivencia (DIS) aportará la diferencia en caso tu fondo no permita cubrirlas.
  • Si no cuentas con la cobertura, tus beneficiarios recibirán el monto de pensión que permita otorgar el saldo de tu fondo.
  • Tus deudos están cubiertos por el seguro de sobrevivencia si aportaste a tu fondo en cuatro de los últimos ocho meses anteriores a tu fallecimiento, siempre y cuando la causa del fallecimiento no esté dentro de alguna de las exclusiones del seguro.

* La remuneración promedio es la que se calcula como el promedio de remuneración que has percibido en los 48 meses anteriores a la ocurrencia de tu fallecimiento.

** Renumeración Asegurable Máxima que se reajusta trimestralmente.

Se considera exclusiones:

  • Participar en un motín, desorden público o acto de terrorismo, guerra civil o internacional declarada dentro o fuera del país.
  • Fisión o fusión nuclear, o contaminación radioactiva.
  • Fallecimiento cubierto por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
  • Alcoholismo o drogadicción.
  • Suicidio dentro del primer año de incorporación al SPP.
  • Enfermedades calificadas como preexistentes.