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El Bono de Reconocimiento, claro desde el inicio

Aquí encuentras lo esencial para saber si te corresponde y cómo gestionarlo, sin enredos.

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¿Qué es el Bono de Reconocimiento?

Es una forma de no perder lo que ya aportaste antes. Si estuviste en la ONP y luego pasaste al sistema privado, este bono toma en cuenta esos años y los suma a tu fondo para tu pensión. Nada se borra. Tu historia laboral sigue contando.

¿Qué Bono de Reconocimiento te corresponde?

Identifica el bono ideal para ti según el periodo en el que realizaste tus aportes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP):

    Bono de Reconocimiento 1992

    Reconoce tus pagos realizados hasta noviembre de 1992.

    Requisito: Debes haber realizado al menos 48 aportes entre el 6 de diciembre de 1982 y el 5 de diciembre de 1992.

    Bono de Reconocimiento 1996

    Reconoce tus pagos realizados hasta diciembre de 1996.

    Requisito: Haber realizado al menos 48 aportes entre el 1 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996, y haberte afiliado entre 06 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.

    Bono de Reconocimiento 2001

    Reconoce tus pagos realizados hasta diciembre de 2001.

    Requisito: Haber realizado al menos 48 aportes entre enero de 1992 y el mes previo a tu afiliación al sistema privado.

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¿Puedo calificar para más de un tipo de bono?

Es posible que cumplas los requisitos para acceder a más de un bono, pero debes elegir solo uno. Te ayudaremos a elegir el que tenga mayor valor para ti.

¿Cómo se emite el bono para Redención Ordinaria?

El bono con Redención Ordinaria se suma a tu fondo cuando cumples 65 años. Si tu situación cambia antes por invalidez, fallecimiento o retiro del 95.5%, el bono se redime anticipadamente.

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Entrega de solicitud:

Nos envías tu solicitud con los documentos necesarios por nuestra Agencia Virtual.

La ONP tiene 90 días útiles para emitir tu Constancia de Bono (documento provisional) y hasta 3 años para validar tu información.

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Resolución

Tras la verificación, la ONP emite la resolución con el valor del bono. 

Si estás de acuerdo, firmas la carta de aceptación.

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Recursos Impugnativos

Si el valor reconocido no es el que esperabas, no te preocupes. Puedes presentar impugnación, reconsideración y/o apelación. 

Nosotros te acompañamos en la gestión de cada alternativa.

¿Cómo se emite el bono para Redención Ordinaria?

¿Cómo se emite el bono para Redención Simultánea?

El bono con Redención Simultánea se hace efectivo en casos de fallecimiento, invalidez o retiro del 95.5%. El pago se realiza un mes después de que la ONP emita la constancia correspondiente.

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    Entrega de solicitud

    Nos envías tu solicitud con los documentos necesarios por Agencia Virtual y nosotros la presentamos ante la ONP para que el proceso avance sin complicaciones.

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    Resolución

    Cuando la ONP termina la verificación, emite la resolución con el valor de tu bono.

    Si estás conforme, solo debes firmar la carta de aceptación.

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    Recursos Impugnativos

    Si el valor reconocido no es el que esperabas, no te preocupes. Puedes presentar impugnación, reconsideración y/o apelación.

    Nosotros te acompañamos en la gestión de cada alternativa.

¿Cómo se emite el bono para Redención Simultánea?

¿Qué documentos debo presentar?

Te guiamos para que sepas cuáles necesitas y cómo presentarlos.

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Copia simple de tu DNI o carné de extranjería.

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Bono de Reconocimiento 1992:

Las últimas 12 remuneraciones antes de diciembre 1992.

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Bono de Reconocimiento 1996:

Las últimas 12 remuneraciones antes de diciembre de 1997.

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Bono de Reconocimiento 2001:

Las últimas 12 remuneraciones antes de diciembre de 2002 o el mes anterior a tu afiliación al SPP, si fuera una fecha menor.

¿Qué documentos debo presentar?

¿Qué documentos puedo usar para sustentar mis aportes y remuneraciones?

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Boletas de pago legalmente emitidas.

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Liquidación por tiempo de servicios.

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Certificado de retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría.

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Comprobantes de Pago de Aportaciones, para los periodos como asegurado facultativo.

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Declaración Jurada del Empleador.

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Certificados o constancias de trabajo.

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Pólizas de seguros de vida.

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Certificados de remuneraciones y retenciones.

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Planillas de remuneraciones.

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Cualquier otro documento emitido por el empleador que demuestre la relación laboral y que indique fecha de inicio y término de esta.

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Te Paso El Dato:

Los documentos de evidencias antes señalados deben ser legibles y contar con la identificación fehaciente del firmante.

Documentos y formatos

Tus aliados para el trámite.