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Pensión por fallecimiento

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Beneficiarios

¿Quiénes pueden recibir pensión si fallezco?

Tus familiares directos:

  • Esposa(o) o concubina(o).
  • Hijos menores de 18 años o hijos mayores de edad que hayan percibido pensión y que continúen estudios básicos o superior hasta los 28 años (al momento del fallecimiento del afiliado(a) los hijos deben ser menores de edad).
  • Hijos mayores de 18 años inválidos.
  • Padres que dependan económicamente del afiliado(a) (padre mayor de 60 años de edad y/o madre mayor de 55 años).

Según el vínculo, la norma establece unos porcentajes para el cálculo de su pensión de sobrevivencia.

Beneficiarios

¿Cómo recibirán su pensión?

Dependerá de tu condición como afiliado:

  • Si estabas jubilado, la pensión que les corresponderá a tus beneficiarios será de acuerdo a la modalidad de pensión que tú escogiste. Si tomaste un retiro programado, podrían cambiar de modalidad.
  • Si no estabas jubilado, tus beneficiarios podrán elegir la modalidad de pensión que acomode a sus necesidades. Todos deberán elegir la misma opción.