¿Qué es la Jubilación por edad Legal?
Te explicamos de qué se trata:
Es la jubilación a la que puedes acceder desde que cumples 65 años y es el régimen más común. Después de jubilarte, si así lo decides, puedes continuar trabajando.
- ¿Qué requisitos debo cumplir?
- Contar con un mínimo de 65 años de edad.
- ¿Es obligatorio jubilarme al cumplir 65 años?
- No es obligatorio que te jubiles de inmediato. Puedes seguir trabajando si así lo decides y jubilarte luego. Mientras continúes trabajando, seguirás aportando a Prima AFP*.
Sin embargo es importante que sepas que el primer mes de pago de tu pensión será el de la presentación de tu solicitud.
- ¿Qué sucede si continúo trabajando luego de jubilarme?
- Si te jubilas y decides seguir trabajando como dependiente, ya no es obligatorio que aportes a tu AFP.
* Deberás realizar tu aporte obligatorio más la comisión de administración. Después de los 65 años ya no se te cobrará la prima de seguro por invalidez y sobrevivencia.
** Las tres modalidades obligatorias que te deben cotizar son el retiro programado, la renta vitalicia, la renta temporal a 3 años con vitalicia diferida. Asimismo, puedes solicitar 2 modalidades adicionales de tu preferencia.