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Tipos de fondo y sus resultados

Conoce más sobre los fondos que disponen para tí y que beneficios te brinda cada uno.
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¿Cómo me cambio de fondo?

Si has evaluado cambiarte de tipo de fondo, Prima AFP te da tres opciones para realizar el cambio:

APP PRIMA

Ingresa a la sección solicitudes y trámites, cambio de fondo y llena el formulario. Para ello, descarga el APP Prima AFP desde:
Disponible en APP Store
Disponible en Google Play
Disponible en APP Gallery

Vía online

Ingresa a la sección “Cambio de tipo de fondo” de tu cuenta personal con tu documento de identidad y clave web.

En nuestras agencias

Acércate a nuestras agencias con una copia de tu DNI y llena la Solicitud de Elección o Cambio de Fondo de Pensiones.

¿Cuándo se hace efectivo el cambio de mi tipo de fondo?
El sexto día hábil del mes siguiente al que presentaste tu solicitud, siempre que esta haya sido aprobada.
¿Cómo veo el estado de mi solicitud?
En la sección “Estado de solicitud” de tu cuenta personal.

¿Qué pasa con mi tipo de fondo al cumplir 60 años?

Tu fondo cambia automáticamente al tipo de fondo 1, debido a que estás cerca de la edad de jubilación y es necesario proteger tu dinero de cualquier riesgo que pueda afectar tu pensión. Por eso, la ley establece que al cumplir 60 años* tu dinero sea cambiado a un fondo más conservador.

Sin embargo, si lo deseas, en el mismo mes que cumples 60 años puedes solicitar mantenerte en tu fondo actual, siempre y cuando no te encuentres en el Fondo 3(1). Una vez que hayas cumplido 60 años, puedes solicitar tu cambio solamente al fondo 2 o fondo 0.

(1) De acuerdo a la RESOLUCION Nº 080-98-EF/SAFP, Artículo 37J.

¿Qué pasa con mi tipo de fondo al cumplir 65 años?

Tu fondo cambia automáticamente al tipo de fondo 0 para disminuir todo riesgo que pueda afectar tu pensión de jubilación.

Por eso, la ley establece que al cumplir 65 años** tu dinero sea cambiado al fondo más conservador. Sin embargo, si lo deseas, en el mismo mes que cumples 65 años puedes solicitar mantenerte en tu fondo actual. A partir de los 65 años, los únicos tipos de fondo permitidos son el Fondo 0, 1 y 2.

¿Qué trámite debo realizar para mantener mi tipo de fondo actual?

Si deseas mantenerte en tu tipo de fondo actual, debes acercarte a una de nuestras agencias para realizar el trámite. Si vives en el extranjero, puedes realizar el trámite a través de un apoderado***.
Ten a la mano los siguientes documentos:
  • Un testimonio de la escritura pública que le otorga poder para realizar el trámite. Debe estar inscrito en Registros Públicos y puede ser presentado en original o copia legalizada.
  • Una vigencia de poder con una antigüedad no mayor a 30 días calendario desde que fue emitida. Si cumple con el requisito de antigüedad, basta con presentar el original de la copia literal emitida por Registros Públicos.
  • Copia legalizada de tu DNI, carné de extranjería o pasaporte.
  • El apoderado deberá identificarse con su documento de identidad.

(*) El cambio automático al Fondo 1 a los 60 años es obligatorio por normativa SBS.

(**) El cambio automático al Fondo 0 a los 65 años es obligatorio por normativa SBS.

(***) Los documentos emitidos en el exterior, deben estar legalizados por el Consulado Peruano en el extranjero y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú. Sin embargo, en caso el país emisor utilice el sistema de la certificación a través de la Apostilla, bastará que los documentos cuenten con dicha certificación. En caso la documentación sea emitida en un idioma distinto al español deberá ser traducida por un Traductor Público Juramentado del Perú, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados (TPJ)