¿Cuándo se hace efectivo el cambio de mi tipo de fondo?
El sexto día hábil del mes siguiente al que presentaste tu solicitud, siempre que esta haya sido aprobada.
¿Cómo veo el estado de mi solicitud?
En la sección “Estado de solicitud” de tu cuenta personal.
Tu fondo cambia automáticamente al tipo de fondo 1, debido a que estás cerca de la edad de jubilación y es necesario proteger tu dinero de cualquier riesgo que pueda afectar tu pensión. Por eso, la ley establece que al cumplir 60 años* tu dinero sea cambiado a un fondo más conservador.
Sin embargo, si lo deseas, en el mismo mes que cumples 60 años puedes solicitar mantenerte en tu fondo actual, siempre y cuando no te encuentres en el Fondo 3(1). Una vez que hayas cumplido 60 años, puedes solicitar tu cambio solamente al fondo 2 o fondo 0.
(1) De acuerdo a la RESOLUCION Nº 080-98-EF/SAFP, Artículo 37J.
Tu fondo cambia automáticamente al tipo de fondo 0 para disminuir todo riesgo que pueda afectar tu pensión de jubilación.
Por eso, la ley establece que al cumplir 65 años** tu dinero sea cambiado al fondo más conservador. Sin embargo, si lo deseas, en el mismo mes que cumples 65 años puedes solicitar mantenerte en tu fondo actual. A partir de los 65 años, los únicos tipos de fondo permitidos son el Fondo 0, 1 y 2.
(*) El cambio automático al Fondo 1 a los 60 años es obligatorio por normativa SBS.
(**) El cambio automático al Fondo 0 a los 65 años es obligatorio por normativa SBS.
(***) Los documentos emitidos en el exterior, deben estar legalizados por el Consulado Peruano en el extranjero y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú. Sin embargo, en caso el país emisor utilice el sistema de la certificación a través de la Apostilla, bastará que los documentos cuenten con dicha certificación. En caso la documentación sea emitida en un idioma distinto al español deberá ser traducida por un Traductor Público Juramentado del Perú, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados (TPJ)