Fallecimiento antes de la jubilación
Esto ocurre cuando el afiliado fallece antes de llegar a la jubilación. En ese caso, sus beneficiarios tienen derecho a recibir la pensión.
La pensión de los beneficiarios se calcula según la remuneración promedio* del afiliado y porcentajes determinados.
Si el fondo del afiliado no cubre la pensión mínima, pero se cuenta con la cobertura de un seguro, el Departamento de Invalidez y Sobrevivencia (DIS) cubrirá la diferencia.
Si no existe cobertura de seguro, los beneficiarios recibirán la pensión que el fondo pueda cubrir.
Tus deudos estarán protegidos por el seguro de sobrevivencia si realizaste al menos cuatro (4) aportes en los últimos ocho (8) meses antes de tu fallecimiento., siempre que la causa de muerte no esté dentro de las exclusiones del seguro.
*La remuneración promedio es la que se calcula como el promedio de remuneración que has percibido en los 48 meses anteriores a la ocurrencia de tu fallecimiento.







