Informarse adecuadamente y conocer por lo menos:
- Sus pensiones estimadas en el SNP y en las AFP. Debe tenerse en cuenta que en las AFP se otorgan pensiones con garantía estatal tales como la pensión mínima, Jubilación Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 y Jubilación para labores de Riesgo (minería y construcción civil).
- El monto que debe abonar al SNP por el diferencial de la tasa de aportes entre SNP y las AFP. La tasa de aporte al SNP fue de 9% hasta julio de 1995, 11% a cargo del trabajador desde agosto de 1995 hasta diciembre de 1996 y 13% desde enero de 1997 hasta la fecha.
La tasa de aporte en las AFP fue de 10% desde la fecha su creación (06 de diciembre de 1992) hasta julio de 1995, de 8% desde agosto de 1995 hasta diciembre de 2005; y de 10% a partir de enero de 2006 hasta la fecha.
Contar con las constancias de haber cumplido con los requisitos de años de aporte para tener una pensión en el régimen pensionario respectivo, certificados por la SBS y la ONP. Sólo se considerarán los aportes efectuados en las AFP y en el SNP efectivamente retenidos y/o pagados.
Presentar su Solicitud de Desafiliación con los documentos indicados en el Anexo 1 que demuestren los años de aportación, a fin de que sea la ONP la que certifique que tiene el acceso a desafiliarse
Firmar una Declaración Jurada -una vez emitido el informe de la ONP en el cual certifica que sí le correspondería pensión y siempre y cuando haya comparado con el SPP- en la que manifieste de manera expresa su voluntad de desafiliarse, según procedimiento que se detalla más adelante. En la cual deberá declarar haber recibido la información sobre las implicancias, la irreversibilidad y la conveniencia o no de la desafiliación y que los recursos provenientes de los aportes, la rentabilidad generada en la Cuenta Individual de Capitalización5 (CIC) y del Bono de Reconocimiento6, pasan a formar parte de los recursos del SNP, por ser un sistema de reparto.
La AFP deberá transferir a la ONP el saldo de la CIC libre de aportes voluntarios sin fin previsional y el valor del Bono de Reconocimiento. La rentabilidad generada en la CIC, así como los aportes voluntarios con fin previsional y su rentabilidad, servirán para compensar la deuda originada por el diferencial de aporte entre el SNP y las AFP.
Si realizaste aportes obligatorios como independiente estos se transferirán a tu cuenta bancaria (personal y en soles).