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Sobrevivencia

Los beneficiarios de afiliados fallecidos deberán suscribir el formulario denominado “Solicitud de Sobrevivencia”, en el cual registrarán la información relativa a este trámite y presentar los siguientes documentos:

 

Certificado médico de defunción, certificado de necropsia o copia certificada de declaración de muerte presunta, según corresponda.
 

 

Copia del atestado policial en caso de un accidente o se evalúe la exclusión de la cobertura del seguro.
 

 

Copia de los documentos que acrediten las remuneraciones de los últimos 48 meses del afiliado, las cuales sólo serán solicitadas para aquellas remuneraciones que se hubiesen generado con anterioridad a su incorporación al SPP.
 


Además, los beneficiarios deberán presentar ante la AFP los siguientes documentos según corresponda:

 

Cónyuge Copia simple de su documento de identidad y copia autenticada de su partida de matrimonio civil, cuya legalización no podrá tener una antigüedad mayor a 6 meses a la fecha de presentación a la AFP.
 

 

Concubino: Copia simple de su documento de identidad y pronunciamiento judicial que confirme la unión de hecho o del documento que acredite el inicio del proceso judicial para el reconocimiento de la unión de hecho.
 

 

Hijos No Natos: Certificado médico de embarazo, el cual será regularizado posteriormente con la partida de nacimiento.
 

 

Hijos menores de 18 años: Copia autenticada notarialmente de su partida de nacimiento.
 

 

Hijos mayores de edad incapacitados de manera total y permanente para el trabajo: Copia simple de su documento de identidad, dictamen de invalidez emitido por el COMAFP o COMEC, según corresponda y copia autenticada notarialmente de su partida de nacimiento.
 

 

Padres inválidos total o parcialmente: (I) Copia simple de su documento de identidad, (II) copia autenticada notarialmente de la partida de nacimiento del afiliado y (III) dictamen de invalidez expedido por el COMAFP o COMEC, según corresponda.
 

 

Padres mayores de 60 años cumplidos en meses y días y que hayan dependido económicamente del afiliado: (I) Copia simple de su documento de identidad, (II) copia autenticada notarialmente de la partida de nacimiento del afiliado y (III) declaración jurada de dependencia económica del afiliado. h. Otros documentos en sustitución de los anteriormente señalados, bajo las condiciones que la Superintendencia establezca.

 

Gráfico 1

(*) El plazo podría ser extendido a 24 meses en los casos que la Unión de hecho por concubinato o el reconocimiento de beneficiario nonato requiera de un plazo mayor para acreditar el derecho.
 

Gráfico 2

(*) Se pagará hasta que se agote la CIC o redima el bono. Una vez acreditado el bono continuará con la sección III, IV y V.


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